PLANTA PERSONAL

PERSONAL PLANTA

El artículo 6° de la Ley N° 18.593 dispone que cada Tribunal Electoral Regional tendrá una planta de personal integrada por un Secretario Relator, que deberá ser abogado, un Oficial Primero y un Oficial de Sala.

Agrega la señalada disposición que se podrá contratar adicionalmente personal en forma transitoria, cuando las necesidades del Tribunal lo requieran, previa visación de la Dirección de Presupuestos.

EL SECRETARIO RELATOR

Es designado por el Presidente del Tribunal, previo acuerdo de éste. Tiene la calidad de ministro de fe pública y es el encargado de autorizar todas las resoluciones y demás actuaciones del Tribunal. Le corresponde hacer la relación de las causas y desempeñar las restantes funciones que se le encomienden.

Asimismo, es el jefe administrativo del Tribunal, y en tal carácter nombra y remueve al resto del personal y celebra todos los actos y contratos necesarios para el funcionamiento del Tribunal.

REGIMEN LABORAL DEL PERSONAL

El personal de planta de los Tribunales Electorales Regionales se rige por el derecho laboral común.

Para el cumplimiento de las funciones encomendadas, este Tribunal cuenta con la siguiente planta de personal:

Secretario Relator

desde el 1 de mayo de 2021

Marco Flores Fernández

Oficial Primero

desde el año 2021

Lorna Juica Gjik

Oficial de Sala

desde marzo del año 2021

Herman Mundaca Delgado

Se podrá contratar adicionalmente personal en forma transitoria, cuando las necesidades del Tribunal lo requieran, previa visación de la Dirección de Presupuestos.